Quinto documento del dialogo teológico católico-ortodoxo
Comienza la reflexión sobre el papel del obispo de Roma
Eleuterio F. Fortino
La X sesión plenaria de la Comisión mixta del diálogo teológico entre la Iglesia católica y la Iglesia ortodoxa en su conjunto, que tuvo lugar en Rávena (8-15 de octubre de 2007), concordó e hizo público un documento titulado «Consecuencias eclesiológicas de la naturaleza sacramental de la Iglesia: comunión eclesial, conciliaridad y autoridad». El documento es complejo y denso en aspectos históricos, eclesiológicos, canónicos. Como conclusión de la sesión se leyó, párrafo a párrafo, y se aprobó por todos los miembros presentes antes de que los dos co-presidentes lo declararan aprobado y publicable con un embargo de un mes.
El último número del documento expresa la convicción de la importancia del resultado alcanzado en estos términos: «Nosotros, miembros de la Comisión internacional [...] estamos convencidos de que la declaración arriba citada representa un progreso positivo y significativo en nuestro diálogo y proporciona una sólida base para la discusión futura sobre la cuestión del primado en la Iglesia a un nivel universal». El documento expresa una etapa en el diálogo que vislumbra ante sí un camino aún largo. El documento se sitúa en la perspectiva de la visión de la comunión eclesial (koinonìa, communio) así como ha surgido de los primeros cuatro documentos publicados por esta Comisión. En el intento de describir la naturaleza de la comunión eclesial se había afirmado que ella se funda en la unidad de fe, de sacramentos y de ministerio. «Sobre la base de tales afirmaciones comunes de nuestra fe –se declara en el presente documento— debemos ahora sacar las consecuencias eclesiológicas y canónicas derivadas de la naturaleza sacramental de la Iglesia». El documento parte de un doble interrogante: ¿de qué modo la vida de la Iglesia manifiesta su estructura sacramental? ¿Cuál es la relación entre la autoridad inherente a toda institución eclesial y la conciliaridad que deriva del misterio de la Iglesia como comunión?
El documento se articula en dos partes. En la primera se presentan los fundamentos de la conciliaridad y de la autoridad en la Iglesia, dos dimensiones trenzadas entre sí para sustentar la comunión eclesial y hacerla armónicamente activa. En la comunión eclesial –se afirma— todos los fieles son responsables de la vida de la Iglesia, y no sólo los obispos, si bien estos tienen un carisma y un papel propio. Al proclamar la fe de la Iglesia y al aclarar las normas del comportamiento cristiano, los obispos por institución divina tienen una tarea específica, cuya autoridad (exousìa) no es «algo que la comunidad delega», sino al contrario, «es un don del Espíritu Santo destinado al servicio (diakonìa) de la comunidad y jamás ejercido fuera de ella». En este punto se cita a San Cipriano, según el cual el obispo está en la Iglesia y la Iglesia en el obispo. Un modo particular con el que se expresa la autoridad y la conciliaridad en la vida de la Iglesia son los concilios locales, regionales y ecuménicos. La dimensión conciliar de la vida de la Iglesia pertenece a su naturaleza más profunda. En el documento se recalca que «los concilios constituyen el principal modo de ejercicio de la comunión entre los obispos», pero en la historia se indican otras expresiones, como cartas de comunión, consultas, recursos a ayudas en tiempos difíciles, en momentos de crisis, de cismas o de herejías.
La segunda parte del documento trata de modo específico de la «triple actualización de la conciliaridad y de la autoridad». Esta perspectiva se introduce con la afirmación de que «la dimensión conciliar de la Iglesia debe estar presente en los tres niveles de la comunión eclesial: local, regional y universal». A nivel local se entiende la diócesis confiada al obispo. A nivel regional se entiende un conjunto de Iglesias locales (metrópolis, patriarcado) con sus obispos que reconocen a aquél que es el primero entre ellos. Para el nivel universal se afirma en el documento que «aquellos que son los primeros (pròtoi) en las diversas regiones, junto a todos los obispos, colaboran en lo que respecta a la totalidad de la Iglesia. A este nivel los pròtoi deben reconocer a quién es el primero entre ellos».
Cuanto es afirmado para este tercer nivel contiene la novedad del documento porque introduce la visión de la catolicidad de la Iglesia y el papel del obispo de Roma en ella, del que, en la próxima fase de diálogo, se deberán precisar de común acuerdo sus prerrogativas. En esta visión el documento trata el papel de los concilios ecuménicos en la historia, instrumentos privilegiados de conciliaridad y de autoridad. El documento afirma: «La conciliaridad a nivel universal, ejercida en los concilios ecuménicos, implica un papel activo del obispo de Roma, como pròtos entre los obispos en las sedes mayores, en el consenso de la asamblea de los obispos. Aunque el obispo de Roma no haya convocado los concilios ecuménicos de los primeros siglos, y no los haya presidido nunca, él estuvo sin embargo involucrado en el proceso decisional de tales concilios». Primado y conciliaridad son «recíprocamente interdependientes». El documento aquí observa que en los distintos niveles de la vida de la Iglesia –local, regional, universal-- «el primado debe ser siempre considerado en el contexto de la conciliaridad y, análogamente, la conciliaridad en el contexto del primado». El documento entra más directamente en el problema del pròtos a nivel universal. Recuerda ante todo que «ambas partes (católicos y ortodoxos) concuerdan sobre el hecho de que Roma, en cuanto Iglesia que preside en la caridad, ocupaba el primer puesto de la tàxis y que el obispo de Roma era por lo tanto el pròtos entre los patriarcas».
Por lo que respecta al primado en los diversos niveles, el documento afirma dos puntos:
a) Se trata de una práctica firmemente fundada en la tradición canónica de la Iglesia.
b) Mientras el hecho del primado a nivel universal es aceptado por Oriente y por Occidente, existen diferencias tanto acerca del modo según el cual debe ser ejercido como acerca de sus fundamentos escriturísticos y teológicos.
El documento señala varios caminos de investigación.
Ante todo uno de carácter histórico; las dos partes en diálogo «no están de acuerdo en la interpretación de los testimonios históricos en lo relativo a las prerrogativas del obispo de Roma en cuanto pròtos, cuestión incluida en diversas formas ya en el primer milenio».
En perspectiva plantea la siguiente cuestión: «¿Cuál es la función específica del obispo de la primera sede en una eclesiología de koinonìa?».
Este interrogante coincide con la petición que hizo el Papa Juan Pablo II de un diálogo fraterno a fin de «encontrar una forma de ejercicio del primado que, sin renunciar a lo esencial de su misión, se abra a una situación nueva. (...) Que el Espíritu Santo nos dé su luz e ilumine a todos los Pastores y teólogos de nuestras Iglesias para que busquemos, por supuesto juntos, las formas con las que este ministerio pueda realizar un servicio de fe y de amor reconocido por unos y otros» (Ut unum sint, 95).
Tal vez el diálogo católico-ortodoxo es la respuesta más comprometida a la petición del Papa Juan Pablo II.
El presente documento de la Comisión mixta internacional ha concordado una base sólida para el diálogo sobre la cuestión crucial y ha proyectado un plan concreto para la continuación del estudio ulterior. Por ahora, ha decidido el tema para la próxima sesión plenaria que tendrá lugar en el mes de octubre de 2009. El tema será la continuación de aquél concluido en Rávena y su profundización: «El papel del obispo de Roma en la comunión eclesial en el primer milenio». El diálogo, bien orientado, queda positivamente abierto.
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